
Debemos entender al secreto bancario como la reserva de información que se encuentra dentro del ámbito de privacidad personal, pero también como un derecho fundamental garantizado por la Constitución, que solo podría ser levantado por los jueces y tribunales, por el Fiscal de la Nación o por una comisión investigadora parlamentaria, en los casos de indicios de desbalance patrimonial o delitos de narcotráfico, lavado de activos o evasión tributaria.
Lo que no se acaba de entender es cómo desde el año 2004, el derecho al secreto bancario viene siendo atropellado sistemáticamente por la SUNAT, bajo el pretexto del ITF (Impuesto a las Transacciones Financieras)
Como se sabe, este impuesto grava el movimiento de fondos realizado por personas o empresas y SUNAT obliga a las entidades bancarias, a que les entreguen la base sobre la que aplican el impuesto y “sin querer queriendo, le echa una miradita al movimiento de fondos de los contribuyentes”, lo que significa en la práctica, que solapadamente y masivamente levantan el secreto bancario.
Debe recordarse que una de las críticas al ITF, justamente era que le iba a permitir a la SUNAT levantar el secreto bancario y dio lugar a que se interpusieran demandas y acciones de inconstitucionalidad, hasta que finalmente en Setiembre del 2004, el Tribunal Constitucional las declaró infundadas en este extremo, al considerar que la información sobre el ITF no develaba el secreto bancario, ya que los bancos estaban obligados a entregar información general y no específica de las operaciones pasivas.
El tiempo ha transcurrido y es evidente que los hechos demuestran que el objetivo del ITF no era incrementar la recaudación vía este impuesto, lo que realmente se perseguía era que SUNAT obtenga información protegida por el secreto bancario.
Y claro, después de la Sentencia del Tribunal Constitucional a favor del ITF, ahora la SUNAT ya no oculta nada.
Si Ud. amigo lector todavía cree que su secreto bancario se encuentra protegido, lo invito a que visite la página de SUNAT con su clave SOL, específicamente en Operaciones en Línea e ingrese a Consultas ITF dónde encontrará todo su movimiento bancario de fondos, incluso el no bancario (por ejemplo giros o transferencias), con indicación precisa del Banco o entidad financiera, el mes, y el importe acumulado de su movimiento de fondos, en dólares o en nuevos soles, y por cada período desde Marzo del 2004 hasta el último mes concluido, inclusive.
Ahora, si bien es cierto, la información que entregan los bancos no es exactamente la que hubiera querido la SUNAT, y como la fiscalización se sostiene en el principio de desconfianza a los contribuyentes, no se podrá negar que los datos que va obteniendo serán valiosos y suficientes como para ser utilizados en la especulación de la situación tributaria de las personas.
Lo que no se acaba de entender es cómo desde el año 2004, el derecho al secreto bancario viene siendo atropellado sistemáticamente por la SUNAT, bajo el pretexto del ITF (Impuesto a las Transacciones Financieras)
Como se sabe, este impuesto grava el movimiento de fondos realizado por personas o empresas y SUNAT obliga a las entidades bancarias, a que les entreguen la base sobre la que aplican el impuesto y “sin querer queriendo, le echa una miradita al movimiento de fondos de los contribuyentes”, lo que significa en la práctica, que solapadamente y masivamente levantan el secreto bancario.
Debe recordarse que una de las críticas al ITF, justamente era que le iba a permitir a la SUNAT levantar el secreto bancario y dio lugar a que se interpusieran demandas y acciones de inconstitucionalidad, hasta que finalmente en Setiembre del 2004, el Tribunal Constitucional las declaró infundadas en este extremo, al considerar que la información sobre el ITF no develaba el secreto bancario, ya que los bancos estaban obligados a entregar información general y no específica de las operaciones pasivas.
El tiempo ha transcurrido y es evidente que los hechos demuestran que el objetivo del ITF no era incrementar la recaudación vía este impuesto, lo que realmente se perseguía era que SUNAT obtenga información protegida por el secreto bancario.
Y claro, después de la Sentencia del Tribunal Constitucional a favor del ITF, ahora la SUNAT ya no oculta nada.
Si Ud. amigo lector todavía cree que su secreto bancario se encuentra protegido, lo invito a que visite la página de SUNAT con su clave SOL, específicamente en Operaciones en Línea e ingrese a Consultas ITF dónde encontrará todo su movimiento bancario de fondos, incluso el no bancario (por ejemplo giros o transferencias), con indicación precisa del Banco o entidad financiera, el mes, y el importe acumulado de su movimiento de fondos, en dólares o en nuevos soles, y por cada período desde Marzo del 2004 hasta el último mes concluido, inclusive.
Ahora, si bien es cierto, la información que entregan los bancos no es exactamente la que hubiera querido la SUNAT, y como la fiscalización se sostiene en el principio de desconfianza a los contribuyentes, no se podrá negar que los datos que va obteniendo serán valiosos y suficientes como para ser utilizados en la especulación de la situación tributaria de las personas.
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